Todos los medios de comunicación se han hecho eco de la decisión del Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo de declarar nulas las cláusulas suelo de las hipotecas por falta de transparencia sin que exista, según dice la prensa, obligación de los bancos de devolver las cantidades satisfechas.
Dada la trascendencia y alcance que he tenido la noticia, parece conveniente aclarar alguna cuestión:
Y ahora… ¿qué puedo hacer si mi hipoteca tiene cláusula suelo? ¿Debo dar por perdido lo que me han cobrado de más?
La respuesta es sencilla.
Puedo reclamar de forma individual al Banco que se deje de aplicar de forma inmediata la cláusula suelo, y también exigir que se devuelvan las cantidades cobradas en aplicación de la misma.
La decisión anunciada del Tribunal Supremo constituye un arma más para poder exigir al Banco que deje sin efecto la cláusula suelo, y viene a concretar que la reclamación debe ser mediante acciones individuales que debe examinar el juez caso por caso, para determinar, entre otras cosas, si ha habido “trasparencia” en la contratación de la hipoteca
Este nuevo argumento de falta de transparencia utilizado por el Supremo puede sumarse a los que vienen utilizando los tribunales desde hace un tiempo para dejar sin efecto la cláusula suelo: imposición y falta de negociación de la cláusula, y carácter abusivo de la misma por falta de reciprocidad.
Además, si el titular del préstamo es un particular o una empresa que actúa como consumidor, existe la ventaja de que será el banco quien deba probar que su cláusula es transparente, que ha sido expresamente negociada, que no es desproporcionada y que no es abusiva por falta de reciprocidad.
¿Cómo debe proceder ahora?
Parece prudente, -entre otras cosas por la existencia de la Ley de Tasas-, comenzar con una reclamación extrajudicial y por escrito al banco, que puede realizarse a través de la propia sucursal con la que se contrató el préstamo o del Servicio de Atención al cliente. Es importante que sea por escrito para poder exigir los intereses legales de las cantidades cobradas de más desde la reclamación por escrito.
Si el banco no atiende la reclamación, se puede reclamar judicialmente, con los argumentos ya existentes y los que ahora brinda el Tribunal Supremo, solicitando del banco la nulidad de la cláusula, la devolución de lo cobrado de forma indebida, los intereses desde nuestra reclamación, y el pago de las costas, en el que estarán incluidas las tasas judiciales que se hayan tenido que satisfacer.
Las reclamaciones pueden plantearse desde ya, sin perjuicio de que cuando se conozca el texto exacto de la Sentencia del Tribunal Supremo, se pueda concretar algo más, en este mismo blog, sobre el modo de atacar la cláusula suelo alegando falta de transparencia.